Programa de trabajo para dar cumplimiento a la Declaratoria de la alerta de violencia de genéro contra las mujeres

Estatal

El sistema nacional de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres acordó la procedencia de la declaración de alerta de violencia de género contra las mujeres para el estado de Chiapas.

El objetivo principal es establecer las medidas inmediatas y urgentes para atender la problemática en estos municipios y que de manera progresiva se elaboren los protocolos de actuación, se implementes recursos y se capacite a los servidores públicos que se intervengan en su aplicación.

I. Medidas de seguridad
MEDIDA 1. Publicar y divulgar en medios de comunicación y lugares estratégicos la Naturaleza y los alcances de AVGM con información accesible e intercultura para la población
Acción Responsable(s)
1.1 Diseñar campaña de divulgación con los contenidos (naturaleza y alcances) de la AVGM:/ instituciones de apoyo,cultura de la denuncia y contra la impunidad, líneas de apoyo, diferenciada (zona de migración, urbana, indígena, rural): - Claridad en la información - Culturalmente apropiada (pertinencia, idioma) - Definición de población objetivo - Cobertura
Instituto de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Estado de Chiapas
1.2 Mapa de lugares estratégicos de acuerdo con la información de SSPC.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
1.3 Poner a consideración de las OSC´s partes en el proceso, y de considerarse demás personas expertas en temas de comunicación y perspectiva de género, la campaña con la finalidad de recibir retroalimentación.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.4 Poner a consideración de los municipios para su retroalimentación.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.5 Elaborar estrategia de difusión que contemple: medios escritos, redes sociales, el Sistema Chiapaneco de Radio, Televisión y Cinematografía, radios comunitarias y altoparlantes en las comunidades indígenas, entre otros.
Instituto de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Estado de Chiapas
1.6 Generar una estrategia de distribución de información en centros escolares, centros de salud, Consejos Ciudadanos que coordina la Fiscalía General, Tribunal Superior de Justicia del Estado, Sistema Integral de Desarrollo para la Familia y demás dependencias del Estado.
Instituto de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Estado de Chiapas
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.7 Capacitar sobre maneja de medios a las y los servidores públicos que difundirán la información de la campaña: - Áreas de comunicación social (dependencias y municipios). - Centros Educativos. -Centro de Salud. -Consejos de Participación Ciudadana Distritales.
Secretaría de Salud
Secretaría de Educación
Instituto de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Estado de Chiapas
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.8 Evaluar el desarrollo e impacto de la campaña.
Instituto de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Estado de Chiapas
MEDIDA 2. Establecer una estrategia para la recuperación de espacio públicos y la prevención de la violencia mediante la implementación de medidas de seguridad específicas en zonas de riesgo o de alto índice de violencia contra las mujeres.
Acción Responsable(s)
2.1 Diseñar una estrategia de recuperación de espacios públicos, con perspectiva intercultural y de género. Para tal efecto se conformará un grupo experto asesor en el tema, que diseñe acciones sobre percepción simbólica de riesgo a su vez tome en consideración los contextos municipales.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública
2.2 Instalar alumbrado público y fortalecer el existente, a partir de los diagnósticos participativos y mapas de criminalidad/incidencia delictiva de la SSPC/ cámaras, postes de emergencia, limpieza de lotes baldíos.
Secretaría de Obras Públicas
Municipios
2.3 Efectuar operativos en lugares donde se tenga conocimiento fundado de la comisión de conductas violentas o delitos en contra de las mujeres.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Municipios
2.4 Implementar mecanismos de vigilancia y seguridad pública como instalación de cámaras de vídeo y postes de emergencia en puntos estratégicos, a partir de los mapas de criminalidad.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Municipios
2.5 Incrementar la vigilancia y seguridad en el transporte público, como el rastreo por georreferencia.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Secretaría de Transportes
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública
Municipios
2.6 Reforzar los patrullajes preventivos.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
2.7 Difundir información sobre líneas de apoyo a víctimas de violencia y crear los protocolos necesarios para su efectivo funcionamiento.
Secretaría de Igualdad de Género
Centro de Justicia para las Mujeres
Instituto de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Estado de Chiapas
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública
H.Ayuntamientos
2.8 Contratar especialistas, para la creación de una aplicación para teléfonos inteligentes que permita a las mujeres víctimas de violencia el acceso inmediato a los servicios de atención y seguridad.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
MEDIDA 3. Crear módulos de atención inmediata para mujeres en situación de riesgo en los municipios que comprende la declaratoria de AVGM. Su funcionamiento deberá contemplar asistencia multidisciplinaria (personal jurídico, psicológico, médico, de trabajos sociales y elementos de seguridad) y el respectivo protocolo de actuación de las y los servidores públicos encargados de brindar los servicios correspondientes.
Acción Responsable(s)
3.1 Elaborar protocolo de actuación para servidoras y servidores públicos encargados de la atención a mujeres víctimas de violencia y en situación de riesgo, con participación de OSC’s expertas en el tema.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas (Sistema DIF Chiapas)
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Municipios
3.2 Garantizar la coordinación entre las dependencias del gobierno del Estado y autoridades municipales para la coordinación en la instalación de las unidades de atención.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas (Sistema DIF Chiapas)
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Municipios
3.3 Formalizar el mecanismo para la coordinación de acciones entre autoridades estatales y municipales para la instalación de las Unidades de Atención.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas (Sistema DIF Chiapas)
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Municipios
3.4 Revisar las condiciones de los Servicios Especializados en el Sector Salud, para identificar las necesidades para su mejoramiento.
Secretaría de Salud
3.5 Acondicionar en las unidades médicas que cuentan con Servicios Especializados los espacios necesarios para el funcionamiento de los módulos de atención inmediata y en los municipios en donde no existan estos servicios instalar las Unidades de Atención Inmediata.
Secretaría de Salud
3.6 Capacitar en el modelo de los Servicios Especializados y de las unidades de atención inmediata en por lo menos una unidad médica por cada municipio contemplado en la AVGM y que actualmente no cuente con este servicio.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas (Sistema DIF Chiapas)
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Municipios
MEDIDA 4. Emprender acciones inmediatas y exhaustivas para valorar, implementar y monitorear objetiva y diligentemente las órdenes de protección a mujeres victimas de violencia familiar. Para ello, se deberán o adecuar los correspondientes protocolos y los modelos de valoración de riesgo, de actuación, de reacción policial y de monitore y seguimiento, por parte de especialistas.
Acción Responsable(s)
4.1 Elaborar de un modelo que establezca lineamientos de actuación para el atención, otorgamiento, implementación y seguimiento a las órdenes de protección por VCM, con la asesoría de personas expertas en el tema.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas (Sistema DIF Chiapas)
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Municipios
4.2 Elaborar un modelo de valoración de riesgo, con perspectiva de género, derechos humanos e interculturalidad como parte del modelo antes referido.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.3 Evaluar la efectividad de las órdenes de protección en curso, en términos de su operación.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.4 Revisar la base de datos y de la sistematización de la información sobre las órdenes de protección al interior de la Fiscalía General del Estado, Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y las áreas de seguridad municipales o bien de mando único.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Municipios
4.5 Solicitar la colaboración al Tribunal Superior de Justicia del Estado para que compartan su base de datos sobre las órdenes de protección otorgadas, los datos de las mismas y el seguimiento, con la finalidad de consolidar una base de datos común y establecer mecanismos de coordinación.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.6 Consolidar una sola base de datos, la cual deberá ser compartida entre los órdenes municipal y estatal sobre órdenes de protección.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Municipios
4.7 Elaborar un Diagnóstico sobre el funcionamiento de la Unidad especializada en órdenes de protección inserta en la Fiscalía Especializada para la Protección de los derechos humanos de las mujeres de la Fiscalía General del Estado. El diagnóstico deberá incluir la percepción de las víctimas beneficiarias de las medidas de protección.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.8 Elaborar Lineamientos de operación, implementación y seguimiento de las órdenes de protección por parte de los elementos policiales (estatales y municipales, así como otras autoridades municipales).
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Municipios
4.9 Elaborar un sistema de seguimiento de las órdenes de protección desde la Fiscalía General del Estado.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
MEDIDA 5. Crear y/o fortalecer las agrupaciones estatales, municipales o mixtas especializadas en seguridad pública, así como cédulas municipales de reacción inmediata. Estas agrupaciones deberán integrarse multidisciplinariamente, actuar coordinadamente entre ellas y otros factores estratégicos, y su personal deberá estar capacitado para ejecutar sus funciones con prespectiva de género.
Acción Responsable(s)
5.1 Revisar y evaluar el funcionamiento de las agrupaciones especializadas para la atención a casos de VCM, estatales y municipales (diagnóstico de deficiencias)
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Municipios
5.2 Revisar la operación, protocolo de actuación y capacitación de la UNEVIG (Unidad de la Policía Municipal contra la Violencia Familiar y Violencia de Genero de Tuxtla Gutiérrez) como modelo para replicarse en los municipios integrados en la AVGM. También se analizará la experiencia del Estado de México en la implementación de las células de reacción inmediata.
H. Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez
5.3 Elaborar un reporte sobre los recursos materiales y humanos policiales con los que cuenta cada municipio.
Municipios
5.4 Garantizar el flujo de información entre la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y las instancias municipales y acordar un mecanismo de coordinación.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Municipios
5.5 Emitir un acuerdo al interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para asignar personal a las células de reacción inmediata como personal capacitado y especializado en la atención de casos de violencia contra las mujeres.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Municipios
5.6 Integrar al personal asignado a las células de reacción inmediata al Programa Único de capacitación desarrollado como parte de las acciones de la AVGM.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Municipios
5.7 Elaborar y publicar un Protocolo de actuación y coordinación de las células de reacción inmediata a nivel estatal.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Municipios
5.8 Capacitar al personal que integrará las células de reacción inmediata, de conformidad con la Medida 1 del apartado de Medidas de Prevención.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Municipios
5.9 Iniciar la operación de las células de reacción inmediata en coordinación con las autoridades municipales.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Municipios
5.10 Monitorear y evaluar la operación de las células de reacción inmediata.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Municipios
II. Medidas de prevención
MEDIDA 1. Establecer un programa único de capacitación, sensibilización, formación y profesionalización en materia de derechos humanos de las mujeres para las y los servidores públicos del gobierno municipal. Práctico de jueces y juezas en materia de perspectiva de género y derechos humanos.
Acción Responsable(s)
1.1 Diseñar Programa Único de Capacitación en materia de derechos humanos de las mujeres para las y los servidores públicos del gobierno de Chiapas.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas (Sistema DIF Chiapas)
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Instituto de Profesionalización del Servidor Público
Tribunal Superior de Justicia
1.2 Desarrollar las sesiones de capacitación del Programa Único al interior de todas las dependencias del Estado que están involucradas.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas (Sistema DIF Chiapas)
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.3 Adecuar la normatividad interna para establecer la obligatoriedad de todas las dependencias de adoptar el Programa Único de Capacitación, como una acción permanente, continua y obligatoria de capacitación.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas (Sistema DIF Chiapas)
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Tribunal Superior de Justicia
1.4 Evaluaciones de impacto que explicite los cambios de comportamiento del personal de las dependencias del Estado involucradas.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas (Sistema DIF Chiapas)
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Tribunal Superior de Justicia
1.5 Realizar reuniones de trabajo con el Tribunal Superior de Justicia y el Congreso del Estado para la posibilidad de la adopción del Programa Único de Capacitación.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Tribunal Superior de Justicia
MEDIDA 2.

Diseñar una estrategia educativa intercultural en derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género para la transformación de patrones culturales y la prevención de violencia mediante la identificación, abstención y denuncia. Para ello, se deberá establecer en los centros educativos públicos y privados un programa permanente de talleres en materia de violencia de género y sexualidad dirigido a las y los adolescentes de nivel secundaria y preparatoria.


Asimismo, se deberá capacitar con herramientas teóricas y prácticas al personal de los centros educativos públicos y privados, para detectar oportunamente casos de niñas o adolescentes que se encuentren en una situación de violencia.

Acción Responsable(s)
2.1 Incorporar los temas de derechos humanos y la perspectiva de género en los manuales para primaria, secundaria y preparatoria del Programa Integral para la Prevención de Riesgos Psicosociales, tarea a cargo de la Unidad de Género de la Secretaría de Educación.
Secretaría General de Gobierno
2.2 Someter a consideración del personal directivo de las escuelas y jefes de nivel de la Secretaría de Educación los contenidos de los Manuales, para recibir observaciones.
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretaría General de Gobierno
2.3 Someter a consideración de las y los supervisores, asesores técnicos y Jefes/as de sector de la Secretaría de Educación, los contenidos de los manuales para conocer sus observaciones.
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretaría General de Gobierno
2.4 Realizar una sesión del Consejo Técnico Educativo para que autorice la implementación del programa.
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretaría General de Gobierno
2.5 Elaborar un diagnóstico que permita identificar las escuelas ubicadas en las zonas con mayor índice delictivo en los Municipios de la AVGM, así como aquellas escuelas que cuentan con quejas por violencia en el ámbito escolar.
Secretaría de Salud
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretaría General de Gobierno
2.6 Capacitar a las maestras y los maestros de las escuelas ubicadas en los municipios de la AVGM sobre temas de derechos humanos y resolución y mediación de conflictos con perspectiva de género, así como para la identificación, atención y denuncia en casos de violencia.
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretaría General de Gobierno
2.7 Evaluar las capacitaciones impartidas a las maestras y los maestros.
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretaría General de Gobierno
2.8 Implementar el programa en los 7 municipios de la AVGM recomendando a las maestras y los maestros su implementación a través de una innovación en los métodos de educación tradicional incorporando la participación estudiantil y el pensamiento crítico.
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretaría General de Gobierno
2.9 Instalar un Comité análisis y seguimiento del programa, el cual estará integrado por Secretaría de Educación, Secretaría de Salud, Fiscalía General del Estado y sociedad civil para que den seguimiento y evalúen el impacto.
Secretaría de Salud
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
2.10 Evaluación del Programa.
Secretaría de Salud
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretaría General de Gobierno
2.11 Traducción de los Manuales al tzeltal y tzotzil.
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
MEDIDA 3.

Integrar y actualizar adecuadamente el Banco Estatal de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres. Esta medida deberá permitir en un plazo razonable monitorear las tendencias de la violencia contra las mujeres, realizar estadísticas y diagnósticos periódicos que permitan conocer sistemáticamente las características y patrones de la violencia y, en consecuencia, instrumentar políticas públicas efectivas. La información vertida en este banco debe ser reportada también al Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres (Banavim).

Acción Responsable(s)
3.1 Elaborar un Diagnóstico de condiciones operativas y tecnológicas para la instrumentación del Banco Estatal de Datos e Información sobre casos de Violencia contra las mujeres
Secretaría de Igualdad de Género
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Secretaría General de Gobierno
3.2 Revisar otras experiencias exitosas sobre el funcionamiento del BANAVIM.
Secretaría de Igualdad de Género
3.3 Realizar mesas de trabajo con dependencias que manejan información estadística sobre violencia contra las mujeres, para determinar la información que deberá integrar el BANAVIM.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Tribunal Superior de Justicia
3.4 Suscribir un Acuerdo interinstitucional para compartir la información estadística y de los registros de atención entre las dependencias que atienden a mujeres víctimas de violencia para alimentar en Banco Estatal así como para resguardar los datos personales.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría General de Gobierno
3.5 Concentrar datos estadísticos y registros de atención personal de mujeres víctimas de violencia de manera mensual y remisión de esta información a la Secretaría para el Desarrollo y el Empoderamiento de la Mujer.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
3.6 Procesar la información concentrada en el sistema del Banco Estatal atendiendo a los rubros y los datos del registro y del manual del BANAVIM.
Secretaría de Igualdad de Género
3.7 Operar el Banco Estatal en una fase preliminar a partir de la información concentrada y procesada por la Secretaría para el Desarrollo y el Empoderamiento de la Mujer.
Secretaría de Igualdad de Género
3.8 Evaluar y monitorear de la operación del Banco Estatal para mejorar su funcionamiento en esta etapa preliminar.
Secretaría de Igualdad de Género
MEDIDA 4.

Del mismo modo, se deberán realizar programas de capacitación en la aplicación de la NOM-046, dirigido a las(os) prestadores de servicios de salud de urgencias y de gineco-obstetricia, particularmente; así como, del personal médico y paramédicos de primer contacto.


El objetivo el personal de salud reconozca la violencia familiar, sexual y contra las mujeres como un problema de salud pública, identificando los diferentes tipos y modalidades de la violencia y sus efectos en la salud a fin de que aplique los elementos contenido en la NOM-046 en el marco de los derechos humanos, con perspectiva de género y con un enfoque intercultural y multicultural.


Dichos programas deben especificar los mecanismos de seguimiento, evaluación y certificación del personal.

Acción Responsable(s)
4.1 Revisar la normatividad interna de las dependencias involucradas para integrar el Programa Único como parte de sus programas de capacitación, actualización y profesionalización permanente, continua y obligatoria.
Secretaría de Salud
4.2 Revisar los contenidos del programa de capacitación, para asegurar la incorporación de la perspectiva intercultural y multicultural al curso actual de capacitación sobre la NOM-046 que imparte el personal de la Secretaría de Salud.
Secretaría de Salud
4.3 Diseñar materiales de didácticos de apoyo para difundir las obligaciones derivadas de la NOM-046 dirigido a las usuarias, en español y traducido a las lenguas indígenas tzotzil y tzeltal.
Secretaría de Salud
Instituto de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Estado de Chiapas
4.4 Implementar a través del área de Enseñanza en Salud un programa de capacitación continuo y permanente que promueva entre el personal de salud la aplicación integra de la NOM-046, de conformidad con el Programa Único de Capacitación de la Medida 1 del apartado de Medidas de Prevención.
Secretaría de Salud
4.5 Elaboración de una ruta crítica para la sistematización de las notificaciones del personal médico que se deriven de la NOM-046.
Secretaría de Salud
4.6 Realizar mesas de trabajo con personal de la Secretaría de Salud y Fiscalía General del Estado para el diseño de un mecanismo ágil que garantice las notificaciones por casos de violencia, en términos de la NOM-046.
Secretaría de Salud
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.7 Capacitar a las áreas jurídicas de las unidades médicas sobre la ruta crítica y su responsabilidad derivada de la NOM-046.
Secretaría de Salud
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.8 Comunicar mediante circular a todas las Fiscalías de Distrito de la Fiscalía General del Estado sobre la ruta crítica adoptada en la Secretaría de Salud y sobre sus responsabilidades para la atención de las notificaciones derivadas de la NOM-046.
Secretaría de Salud
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.9 Publicar los Lineamientos con la ruta crítica de atención y notificaciones establecidas en la NOM-046.
Secretaría de Salud
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.10 Implementar, como parte de la ruta crítica de atención, un registro de donde se encuentre información sistematizada y desagregada sobre la atención que se brinda a las mujeres y niñas víctimas de violencia familiar y sexual.
Secretaría de Salud
Fiscalía General del Estado de Chiapas
MEDIDA 5. Generar campañas interculturales, permanentes encaminadas a la prevención de la violencia de género a nivel estatall, municipal y comunitario, con el fin de dar a conocer los derechos de las niñas y mujeres, primordialmente, el derecho a una vida libre de violencia, y que permiten identificar sus tipos y modalidades.
Acción Responsable(s)
5.1 Desarrollar contenidos sobre los mensajes que serán difundidos durante todo el año. Entre los mensajes que deberán considerarse están los contenidos de la Ley General de Víctimas, la Ley de Víctimas para el estado de Chiapas y la NOM 046, haciendo especial énfasis en los derechos de las mujeres usuarias y de las obligaciones del Estado para la atención de mujeres víctimas de violencia, y sobre las mujeres que se encuentran dentro de los supuestos de ILE.
Instituto de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Estado de Chiapas
5.2 Presentar la campaña a las ONG peticionarias y a las autoridades municipales para sus observaciones.
Instituto de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Estado de Chiapas
5.3 Difundir la campaña.
Instituto de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Estado de Chiapas
5.4 Evaluar el impacto de la campaña.
Instituto de Comunicación Social y Relaciones Públicas del Estado de Chiapas
MEDIDA 6.

Fortalecer el Centro de Justicia para las Mujeres con recursos humanos y presupuestales.

Acción Responsable(s)
6.1 Elaborar un diagnóstico sobre el funcionamiento del Centro de Justicia que considere: identificación de los recursos materiales, protocolos y lineamientos con los que cuenta, nivel de atención que realiza, colaboración con ONG y sector empresarial, y señale recomendaciones puntuales para su fortalecimiento.
Secretaría de Igualdad de Género
Centro de Justicia para las Mujeres
Fiscalía General del Estado de Chiapas
6.2 Implementar las recomendaciones señaladas en el diagnóstico.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas (Sistema DIF Chiapas)
Centro de Justicia para las Mujeres
Secretaría de Educación
Fiscalía General del Estado de Chiapas
Tribunal Superior de Justicia
MEDIDA 7.

Fortalecer la Secretaría para el Desarrollo y Empoderamiento de las Mujeres, y todas instancias encargadas de Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, con recursos presupuestales y humanos.

Acción Responsable(s)
7.1 Elaborar un diagnóstico sobre el funcionamiento de la Secretaría para el Desarrollo y Empoderamiento de las Mujeres que considere: identificación de los recursos materiales, programas, nivel de atención que realiza, colaboración con ONG y sector empresarial, y señale recomendaciones puntuales para su fortalecimiento.
Secretaría de Igualdad de Género
7.2 Implementación de las recomendaciones señaladas en el diagnóstico.
Secretaría de Igualdad de Género
MEDIDA 8.

Fomentar la creación de comités de vigilancia vecinal, laboral y escolar, que repliquen las acciones de prevención de la violencia contra las mujeres.

Acción Responsable(s)
8.1 Fomentar la creación de comités de vigilancia vecinal, laboral y escolar, que repliquen las acciones de prevención de la violencia contra las mujeres.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Educación
8.2 En los Consejos de Participación Ciudadana, con presencia en cada municipio se promoverá la creación de Comités de para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, para que en las colonias informen a las mujeres sobre números de emergencias, mecanismos de atención y conformen redes para la denuncia y acompañamiento a las víctimas.
Secretaría de Igualdad de Género
8.3 Talleres de capacitación a las personas integrantes de los Comités de para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Educación
8.4 Brindar capacitación a integrantes de los Comités Intersecretariales en materia de prevención de la violencia de género contra las mujeres, nuevas masculinidades, prevención de adicciones, estrategias de interacción familiar positiva, entre otras.
Secretaría de Igualdad de Género
8.5 Implementación de talleres en materia de prevención de la violencia contra las mujeres, nuevas masculinidades, prevención de adicciones, estrategias de interacción familiar positiva, entre otras.
Secretaría de Igualdad de Género
MEDIDA 9.

MZA1 Diseñar una estrategia transversal de prevención de la violencia contra las mujeres indígenas al interior de sus comunidades, que tenga como objetivo transformar los patrones socioculturales que producen y reproducen la violencia. Para la construcción de dicha estrategia se debe contar con la participación activa de las mujeres a quienes se dirigirá.

Acción Responsable(s)
1. Generar los vínculos con las instituciones encargadas de las Casas de la Cultura de los Altos de Chiapas para establecer el modo de trabajo y presentar el objetivo y motivos de la intervención.
Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas
2. Capacitar al personal de las Casas de la Cultura de los diferentes municipios con presencia mayoritaria indígena, para que a su vez repliquen la información con las y los alumnos de casa de cultura y de otras instituciones.
Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas
3. Realizar intervenciones sobre la prevención de la violencia basada en el género, las adicciones y la violencia en el noviazgo impartida por el personal de las casas de cultura, impartiendo información y produciendo expresiones artísticas de prevención universal o primaria, que involucre el trabajo entre pares.
Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas
MEDIDA 10.

MZA2 Replicar los modelos de redes comunitarias para la prevención y atención de la violencia de género con apoyo de las organizaciones de la sociedad civil.

Acción Responsable(s)
1. Revisar los modelos de redes comunitarias ya implementados para la prevención y atención de la violencia de género existentes.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
Secretaría de Educación
2 Capacitación sobre sensibilización y contextualización al personal de la Secretaría sobre las situaciones reales de violencia por género que se vive en las comunidades donde se trabajará.
Secretaría de Igualdad de Género
3. Detección de formas de participación de líderes y personas que prestan servicios de atención en las comunidades como agentes de cambio.
Secretaría de Igualdad de Género
4. Desarrollo de modelos de redes comunitarias de mano de las y los agentes de cambio de las comunidades para la prevención y atención de la violencia de genero.
Secretaría de Igualdad de Género
5. Desarrollo de estrategias y proyectos para la sensibilización, capacitación, detección y atención apegados a la realidad de la comunidad sobre los temas de violencia familiar, de género y en nombre de la tradición donde participe toda la comunidad.
Secretaría de Igualdad de Género
III. Medidas de justicia y reparación
MEDIDA 1.

Con base en el artículo 26, fracción I de la Ley General de Acceso, se deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la justicia y que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y exhaustividad todos los casos de violencia contra las mujeres y feminicidio.

La efectividad en el cumplimiento de esta medida se encuentra plenamente relacionada al fortalecimiento de la Procuraduría General de Justicia, particularmente, la fiscalía Especializada para la Atención de Delitos de Violencia Familiar y de Género, a la diligente ejecución de medidas como la elaboración de protocolos de investigación, cadena de custodia y servicios periciales con base en estándares internacionales, así como a la efectividad de la estrategia de capacitación a servidoras y servidores públicos.

Acción Responsable(s)
1.1.1 Elaborar un diagnóstico sobre el funcionamiento de la Fiscalía Especializada en la Protección de los Derechos de las Mujeres y la Fiscalía Especial de Investigación de los Delitos de Homicidio y Feminicidio, que incluya número y características del personal que integra las Fiscalías, cursos de capacitación recibidos y contenidos en las mismas, temporalidad en el puesto de trabajo y experiencia en otras áreas; asuntos tramitados, efectividad en los mismos,identificando cuáles son las problemáticas frecuentes.
Secretaría de Igualdad de Género
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.1.2 Revisión de perfiles (expertos/as) para la integración del grupo.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.1.3 Elaboración de metodología de trabajo.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.1.4 Elaboración de un protocolo para la investigación del delito de violencia familiar.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.1.5 Actualización del protocolo para la investigación del delito de feminicidio.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.1.6 Elaboración del Protocolo de intervención de policías encubiertos para la investigación del delito de trata de personas.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.1 Conocer otras experiencias sobre el funcionamiento de las Unidades de Contexto, entre las que se encuentra la del Estado de México.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.2 Elaborar una propuesta de perfiles para la integración de una Unidad de Análisis y Contexto para casos de VCM, especialmente, feminicidio.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.3 Conformar la Unidad de Análisis y Contexto, clarificando su metodología de trabajo y sus lineamientos de operación, en función de la organización Fiscalía General.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.4 Elaborar un diagnóstico sobre la situación procesal de cada uno de los casos de feminicidio.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.5 Elaborar una base de datos que identifique a las víctimas indirectas de cada uno de los casos.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.6 Asignar agentes del Ministerio Público y policías de investigación en cada una de las Fiscalías de zona que serán coordinados por la Fiscalía Especial de Investigación de los Delitos de Homicidio y Feminicidio, para la investigación de los casos pendientes, los cuales conformaron la Unidad especializada para la investigación de casos que motivaron la AVGM.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.7 Publicar el Acuerdo de creación de la Unidad especializada para la investigación de los casos que motivaron la AVG.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.8 Extender invitaciones directas (por escrito y en persona) a víctimas indirectas para invitación a la revisión de los casos.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.9 Convocar y realizar las mesas de trabajo, en la primera se determinará la metodología en coordinación con la sociedad civil y las víctimas indirectas.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.10 Definir un mecanismo de comunicación permanente con las víctimas indirectas y organizaciones de la sociedad civil sobre la situación de cada uno de los casos.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.11 Elaborar lineamientos para el intercambio periódico de información con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Secretaría de salud, Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, Secretariado Ejecutivo del Sistema de Seguridad Pública (C4, Línea de emergencia 911), municipios y Fiscalía General del Estado.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.12 Establecer un mecanismo con Secretaría de Seguridad y Protección ciudadana, Secretaría de Salud, Secretaría de Educación, Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, autoridades municipales y Fiscalía General del Estado para brindar atención integral a las víctimas indirectas, de conformidad con el marco jurídico, local, nacional e internacional en materia de atención a víctimas.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
1.2.13 Publicar en el micro-sitio la información sobre la situación de cada uno de los casos de feminicidio, protegiendo debidamente los datos personales y sensibles de cada una de los casos.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
MEDIDA 2.

Asignar recursos para conformar una Unidad Especializada encargada exclusivamente de dar trámite a las carpetas de investigación, relacionadas con los feminicidios u homicidios dolosos de mujeres a que se refiere la solicitud de AVGM. Esta medida deberá contemplar la celebración de mesas de trabajo entre víctima, sus representantes y autoridades de alto nivel para el análisis de los casos. Entre las funciones que deberá ejecutar esta Unidad se encuentra el diagnóstico de los expedientes en archivo o reserva y la identificación de las posibles deficiencias en las investigaciones con el propósito de sugerir las diligencias que podrían llevarse a cabo para el esclarecimiento de los hechos.

Acción Responsable(s)
2.1 - Revisión de perfiles (expertos/as) para la integración de la unidad especializada - Elaboración de metodología de revisión de AP o carpetas de investigación - Acordar lineamientos de trabajo del grupo especializado (incluyendo curso de acción de las recomendaciones del grupo especializado).
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2.2 Celebración de mesas de trabajo entre víctimas, sus representantes y autoridades de alto nivel
Fiscalía General del Estado de Chiapas
2.3 -Estatus legal de cada uno de los casos. -Identificación de las posibles deficiencias de las investigaciones.
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MEDIDA 3.

Con base en lo establecido por el artículo 26, fracción III, inciso b) de la Ley General de Acceso, se deberán establecer mecanismos de supervisión y sanción a servidores públicos que actúen en violación del orden jurídico aplicable en materia de violencia de género. El estado de Chiapas deberá dar continuidad a los procesos iniciados previamente por posibles omisiones de servidores públicos en la integración de carpetas de investigación.

Acción Responsable(s)
3.1 Revisar el funcionamiento de los mecanismos de sanción a servidoras/es públicos de antemano existentes y realizar las modificaciones necesarias que eficienticen su funcionamiento.
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3.2 Elaborar de un diagnóstico sobre las quejas y denuncias presentadas en contra de servidoras y servidores públicos de la Fiscalía General del Estado por omisiones en la integración de averiguaciones previas o carpetas de investigación relacionadas con casos de violencia contra las mujeres.
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3.3 Iniciar y concluir procedimientos a servidoras/es públicos que lo ameriten, a partir de la revisión de expedientes (AP o CI).
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3.4 Solicitar información a la Unidad de Análisis sobre las omisiones cometidas por personal de la Fiscalía General del Estado en la integración de averiguaciones previas o carpetas de investigación.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
3.5 Informar periódicamente, a través de la Visitaduría de la Fiscalía General del Estado, sobre los avances en las quejas y denuncias.
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3.6 Publicar informes sobre los avances en las quejas y denuncias contra las y los servidores públicos, en el micrositio de la acción 1.7 de las Medidas de Justicia y Reparación.
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MEDIDA 4.

Realizar un programa de monitoreo ambulatorio y anónimo para evaluar el trato a las víctimas por parte de las y los servidores públicos estatales.

Acción Responsable(s)
4.1 Diseñar programa de monitoreo con criterios claros de evaluación y perfil de las y los evaluadores.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.2 Se nombrarán monitores en cada Consejo de Participación Ciudadana en cada municipio, para que revisen el trato que dan las y los servidores públicos encargados de la atención a las mujeres víctimas de violencia.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.3 Se brindarán talleres de capacitación a las mujeres nombradas como monitoras.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.4 Las monitoras definirán su programa para verificar la forma de atención de las autoridades a las víctimas de violencia.
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4.5 Se iniciarán las labores de monitoreo y supervisión.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
4.6 Las monitoras informaran a la Oficina del Procurador sobre las anomalías detectas.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
MEDIDA 5.

Desarrollar programas para la reeducación de hombres generadores de violencia.

Acción Responsable(s)
5.1 Elaborar un diagnóstico sobre el funcionamiento del programa de re-educación para hombres generadores de violencia a cargo de la Secretaría de Salud, así como la demanda que tiene las medidas re-educativas por parte del Tribunal Superior de Justicia y la Fiscalía General del Estado.
Secretaría de Igualdad de Género
Fiscalía General del Estado de Chiapas
5.2 Analizar la pertinencia de incorporar el programa de re-educación a personas generadoras de violencia al programa de Justicia Terapéutica.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
5.3 Diseñar el programa que subsane las deficiencias detectadas en el diagnóstico.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
5.4 Ampliar el convenio de Justicia Terapéutica con el Tribunal Superior de Justicia para ampliar la intervención terapéutica a casos de violencia contra las mujeres donde sea procedente, de acuerdo al Código Nacional de Procedimientos Penales, alguna salida alterna.
Fiscalía General del Estado de Chiapas
5.5 Capacitar al personal encargado de implementar el programa de re-educación a personas generadoras de violencia, mismo que deberá estar alineado con el programa único de capacitación.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
5.6 Implementar el programa de re-educación para personas agresoras.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría de Salud
MEDIDA 6.

Solicitar a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal que revise y analice exhaustivamente la legislación estatal existente relacionada con los derechos de las mujeres y niñas para detectar disposiciones que menos caben o anulen sus derechos, para impulsar a través del Ejecutivo una agenda legislativa encaminada a reformar, derogar o abrogar dichas disposiciones.

Acción Responsable(s)
6.1 Revisar del marco jurídico del Estado para detectar las disposiciones que requieren ser reformadas, derogadas o abrogadas, con el fin de armonizar el marco jurídico local con el marco jurídico nacional e internacional.
Instituto de la Consejería Jurídica y Asistencia Legal
6.2 Elaborar la propuesta de reforma a diversas disposiciones del marco jurídico local para garantizar los derechos humanos de las mujeres.
Instituto de la Consejería Jurídica y Asistencia Legal
6.3 Convocar a mesas de trabajo con organizaciones de la sociedad civil, diputadas o diputados, autoridades y especialistas para la discusión de las propuestas.
Instituto de la Consejería Jurídica y Asistencia Legal
6.4 Presentar el paquete legislativo al Congreso del Estado, para su discusión y eventual aprobación.
Instituto de la Consejería Jurídica y Asistencia Legal
MEDIDA 7.

De conformidad con el artículo 26 de la Ley General de Acceso, se deberá realizar un plan individualizado de reparación integral del daño respecto a los casos de homicidios de mujeres y/o feminicidios. Para estos efectos, se deberán considerar los estándares básicos en materia de reparación del daño, reconocido en la Ley General de Víctimas, la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de Chiapas, y la Ley por una Vida Libre de Violencia para las mujeres en el Estado de Chiapas.

Acción Responsable(s)
7.1 Establecer para cada caso, medidas de reparación integral.
Tribunal Superior de Justicia
Comisión Estatal de Derechos Humanos
Comisión Estatal de atención a Víctimas
7.2 Elaboración de un padrón actualizado de las víctimas indirectas.
Comisión Estatal de atención a Víctimas
7.3 Realizar estudios de trabajo social, médico y psicológico que permitan identificar las necesidad específicas de cada una de las familias de las víctimas.
Comisión Estatal de atención a Víctimas
7.4 Elaborar un dictamen con base en los criterios establecidos en la Ley de Víctimas del Estado de Chiapas, así como los estándares internacionales y nacionales en la materia.
Comisión Estatal de atención a Víctimas
7.5 Solicitar la asignación presupuestal específica para el pago de la reparación del daño.
Comisión Estatal de atención a Víctimas
7.6 Pago de la reparación del daño.
Comisión Estatal de atención a Víctimas
MEDIDA 8.

Determinar una medida de reparación simbólica para todas las mujeres que han sido víctimas de feminicidio en el estado de Chiapas. Para la definición de la reparación simbólica se tomará en cuenta a las organizaciones de la Sociedad civil y los familiares de las víctimas.

Acción Responsable(s)
8.1 Diseñar una propuesta de medidas de reparación para ser discutidas con las OSC´s y familiares de víctimas.
Secretaría de Igualdad de Género
Secretaría General de Gobierno
Comisión Estatal de Derechos Humanos
8.2 Establecer mesa de discusión con las OSC´s y víctimas indirectas para la decisión sobre la reparación a otorgar por la ley.
Secretaría General de Gobierno
8.3. Otras medidas de reparación simbólica.
Secretaría General de Gobierno
IV. Visibilizar la Violencia de Género y mensaje de cero tolerancias
MEDIDA 1. Con base en lo establecido por el artículo 26, fracción III, inciso a) de la Ley General de Acceso, el gobierno del estado de Chiapas, por medio del Ejecutivo estatal, deberá enviar un mensaje a la ciudadanía de cero tolerancia ante la comisión de conductas violentas en contra de las mujeres. Este mensaje deberá ser divulgado en medios de comunicación y replicando por otras autoridades estatales y municipales, particularmente en los municipios donde se está declarando la AVGM.
Acción Responsable(s)
1. El gobierno del estado de Chiapas, por medio del Ejecutivo estatal, deberá enviar un mensaje a la ciudadanía de cero tolerancia ante la comisión de conductas violentas en contra las mujeres.
Secretaría General de Gobierno
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